La UE facilitará las demandas por daños y perjuicios contra empresas que acuerden subidas de precios ilegales

La Unión Europea publicará en los próximos días en el Diario Oficial de la UE una Directiva que tiene por objetivo facilitar las demandas de consumidores y empresas por daños y perjuicios contra aquellas empresas que participan en acuerdos ilegales de subida de precios, prácticas contrarias a la competencia respecto a las cuales se puede reconocer el derecho de reparación por los perjuicios causados a los primeros, por ejemplo por pérdida de beneficios.

El contenido de la Directiva recoge el derecho de las víctimas a obtener la información y pruebas necesarias para poder avalar sus pretensiones y se establece que las decisiones de las autoridades nacionales de competencia, como las europeas, constituirán prueba de la existencia de la infracción. Además, se establece un plazo específico de cinco años a partir del momento en el que se descubrió el perjuicio causado por la infracción empresarial para interponer la correspondiente demanda.

Los Estados miembros tienen un plazo de dos años para incorporar esta normativa a sus legislaciones nacionales.

Hasta ahora muy pocos consumidores reclamaban estos hechos ante los Tribunales como consecuencia de los inconvenientes para obtener información en la que apoyar sus argumentos, lo que se pretende modificar con esta nueva normativa.

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