Hoy en día son muchas las personas que deciden emprender su propio negocio. Se trata de una opción que puede reportarnos grandes ventajas, aunque antes de empezar tenemos que tener algunos conceptos.
Uno de ellos es la distinción entre sociedades personalistas y capitalistas; clave en la regulación mercantil actual. Se lo explicamos a continuación.
Las sociedades personalistas son aquellas donde la personalidad del socio es fundamental a la hora de crear la sociedad. Esto quiere decir que no nos es igual crear un negocio con una persona determina que con otra. Es el caso, por ejemplo, de las sociedades colectiva y comanditaria simple.
En las sociedades capitalistas, por el contrario, la persona concreta que forma la empresa no es tan importante, porque lo decisivo es el capital que aporte. El ejemplo más conocido de este tipo social es el de las sociedades anónimas.
Si no tenemos muy claro qué tipo de sociedad elegir es mejor consultar primero con un abogado especializado en Derecho mercantil para que nos ayude. Este nos orientará en función de factores como el capital del que disponemos, el número de personas que integrarán la empresa, etc.
También tendremos que crear los Estatutos Sociales de la empresa que vamos a poner en marcha.
Por supuesto deberemos tener en cuenta que existe un tipo de empresarios que no requieren formar una sociedad con otros miembros: se trata de los Autónomos. En este caso las normas por las que se rigen no son las del Código de Comercio, sino el Estatuto del Trabajador Autónomo. Conviene meditar también sobre la posibilidad de elegir esta vía.
Para empezar una sociedad necesitaremos un capital inicial y según el tipo de sociedad, costará más o menos invertir en ella. No existe una sola respuesta que valga para todas y es por eso que tendremos que averiguar cuál es ese coste que nuestra empresa va a estar dispuesta a pagar.
Si se trata de una Sociedad Limitada su coste será de unos 550 euros, dependiendo de la comunidad y los diferentes gastos de gestión, aunque también hay que tener en cuenta el capital inicial de 3000 euros. Mientras que una Sociedad Anónima requiere de una inversión inicial 750 euros y un capital inicial de 60.000 euros.
El capital inicial es necesario para la puesta en marcha de la sociedad y el desarrollo de la actividad, sea cual sea.
Si estás pensando en crear una sociedad en España, te interesará conocer el proceso que tendrás que llevar a cabo para registrar tu empresa como sociedad.
Si necesita más información no dude en hacérnoslo saber; nuestro equipo de abogados mercantiles en Zaragoza resolverá todas sus dudas sobre Derecho mercantil y le ayudará con su negocio. Para más detalles también consultar nuestra web.